LA REFORMA JUDICIAL
- MHCONSOCIATA

- 1 oct 2024
- 2 Min. de lectura
La reforma al sistema judicial forma parte de un paquete de 20 reformas presentadas por el mandatario en febrero pasado para modificar diversas partes de la Constitución del país. El dictamen a debatirse contempla cuatro cambios importantes que te explicamos a continuación.
1.- Propone modificar el artículo 95 constitucional para elegir a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de la Sala Superior y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por voto libre, directo y secreto por un período de 12 años y no de 15, como es actualmente.
2.-Se prevé reformar el tercer párrafo del artículo 94 de la Constitución a fin de reducir de 11 a nueve los ministros de la SCJN y la duración en su encargo pasaría de 15 a 12 años. La presidencia de la Suprema Corte “se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación”.
Las dos salas que tiene actualmente el máximo tribunal serían eliminadas y solo se realizarían sesiones en el pleno que deberán ser públicas y transparentes para que todos tengan acceso a los temas que se discuten. Contempla también la eliminación de la pensión vitalicia para actuales y futuros ministros y un ajuste a sus remuneraciones al tope máximo establecido para el presidente de México.
3.-Se plantea la sustitución del CJF, que se encarga de la administración de la Judicatura y de la vigilancia de la actuación de los jueces. La propuesta busca que sea reemplazado por dos instituciones: el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.
4.- La reforma propone cuatro nuevas reglas Procesales:
Justicia expedita: propone un plazo máximo de seis meses para la resolución de asuntos fiscales, y de un año para asuntos penales.
Suspensiones: se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.
Justicia local: los poderes judiciales de las entidades federativas deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados, y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.
Fideicomisos del Poder Judicial: cuando hayan finalizado los juicios pendientes, deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar, respetando los derechos y prestaciones de los trabajadores.
Sin duda esta reforma propone grandes cambios en la estructura de nuestro máximo Tribunal es necesario conocer a profundidad la misma para determinar sus alcances y consecuencias.

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